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Cambios normas Incoterms 2020
Cambios en la norma 2020
Aquí su definición:
Son normas de aceptación voluntaria por las partes de un contrato de compraventa internacional de mercaderías acerca de las condiciones de las mismas. Estas normas permiten facilitar la operatividad de los costes de las transacciones internacionales dejando claras las responsabilidades entre compradores y vendedores. Se refiere al uso de reglas internacionales en el mercado mundial sobre la creación de contratos, que definen la responsabilidad que existe sobre los costos, riesgos y aseguramiento de una carga, que aplica tanto al vendedor como al comprador.
Este año se realizaron cambios significativos en las normas Incoterms comparadas con las expedidas en 2010.
A continuación te contamos algunas de ellas:
Se siguen manteniendo los 11 tipos de Incoterms:
1. Incoterms de transporte multimodal (EXW - FCA - CPT - CIP - DPU - DAP - DDP).
2. Incoterms únicamente de transporte marítimo y vías navegables interiores (FOB - FAS - CIF - CFR).
• DAT - Delivered at Terminal – Entregada la mercancía en el terminal o en el lugar de entrega acordado pasa a llamarse al (DPU Delivered at Place Unloaded) – “Mercancía entregada y descargada en el lugar acordado” Esto se hace con el fin de enfatizar el lugar de destino; cabe resaltar que el vendedor deberá garantizar que se pueda descargar la mercancía en el lugar acordado.
• DAP en el que la entrega ocurre antes de la descarga, aparece ahora antes que DPU.
• FCA – Free Carrier Franco Porteador permite a los Bills of lading (conocimientos de embarque) se puede emitir después de la carga de la mercancía (vía marítima); el porteador, al amparo de su contrato de transporte, puede estar obligado y facultado a emitir un Bill of Lading a bordo sólo cuando la mercancía se encuentre realmente a bordo.
• Los seguros siguen siendo negociables entre comprador y vendedor, pero el CIF (Cost, Insurance and Freight) – Coste, seguro y flete, más el CIP (Carrier and insurance Paid to) Transporte y seguro pagado; establecen nuevos acuerdos a nivel de coberturas mínimas de seguro.
• Para el comercio de materias primas (CIF) se mantienen las cláusulas de carga del Instituto (C) quedando a negociación entre las dos partes para una cobertura superior de la misma.
• FCA – DAP y DPU, tienen en cuenta que el comprador y el vendedor pueden ejecutar su propio transporte en vez de tercerizar.
• Las “Notas orientativas” son reemplazadas por “Notas explicativas” para los usuarios (Explanatory notes for users) las cuales explicarán a los usuarios los fundamentos de cada Incoterms, tales como: su adecuada utilización, sus riesgos y cómo se reparten los costes en la negociación.
Ana María Nuñez
Alpopular Logística Especializada
Fuente: Comité Español de la Cámara Internacional de Comercio